º. El primer inciso del artículo 41 del Decreto 1157 de 1940, quedará así: "Los bonos u obligaciones que emitan las empresas en las cuales posea acciones el Instituto, podrán ser garantizados por éste, y en las que tengan mayoría, dichos bonos u obligaciones podrán ser también garantizados por el Gobierno Nacional."
Decreto 1419 de 1940 →Vigente
Artículo 4
El Primer Inciso Del Artículo 41 Del Decreto 1157 De 1940, Quedará Así: "los Bonos U Obligaciones Que Emitan Las Empresas En Las Cuales Posea Acciones El Instituto, Podrán Ser Garantizados Por Éste, Y En Las Que Tengan Mayoría, Dichos Bonos U Obligaciones Podrán Ser También Garantizados Por El Gobierno Nacional
Decreto 1419 de 1940 · Por el cual se adicionan las disposiciones del Decreto número 1157 de 1940, sobre organización del instituto de Fomento Industrial
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.