Los proyectos de inversión que se encuentren formulados en MGA Web y hayan surtido proceso de viabilización y registro en los Bancos de Proyectos territoriales o en el Banco Único de Proyectos podrán financiarse con recursos del Sistema General de Regalías, una vez se verifique por el Secretario de Planeación o quien haga sus veces, el cumplimiento de los requisitos de viabilización señalados por la Comisión Rectora del SGR. El Gobierno nacional reglamentará lo aquí dispuesto.
Lo dispuesto en el presente artículo no aplica para los proyectos de inversión a ser financiados con recursos del Fondo de Ciencia, Tecnología e Innovación y del Presupuesto General de la Nación.