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Artículo 2

Decreto 18711019 de 1871 · en ejecución de la lei de 18 de junio de 1870 que destina a la amortización de la deuda nacional consolidada los créditos activos del Tesoro hasta 1861.

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 2.° Las relaciones de créditos se formarán en el órden siguiente: 1.° La de la Tesorería jeneral; 2.° La de la Administracion principal de correos; 3.° Las de las Administraciones de Hacienda, según el órden alfabético; 4.° Las de las Aduanas; 5.° Las de la Salinas; i 6.° Las de las Casas de moneda.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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