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Artículo 23

Funciones Del Consejo Científico Nacional (Ccn)

Decreto 1666 de 2021 · por el cual se modifica el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SNCTI).

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones del Consejo Científico Nacional (CCN). Las funciones del Consejo Científico Nacional (CCN), son las siguientes: Recomendar y conceptuar de manera permanente al Gobierno y al Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, sobre temáticas coyunturales o estructurales de ciencia, tecnología e innovación. Aportar evidencia científica sobre temas de interés del Gobierno nacional y/o de la agenda pública. Dar lineamientos para ejercicios de prospectiva y planeación de mediano y largo plazo en ciencia, tecnología e innovación. Recomendar modalidades y criterios de evaluación científica y tecnológica en los programas y proyectos de investigación y desarrollo, incluyendo la evaluación de los resultados e impactos. Recomendar acciones que permitan al país anticiparse al cambio tecnológico y/o aprovechar escenarios futuros. Promover sinergias y enlaces de trabajo entre el Gobierno nacional y la comunidad científica. CAPÍTULO 5 Del relacionamiento y de la articulación del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SNCTI) con otros sistemas y otras disposiciones

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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