JurídicoESEN

Artículo 1

Además De Las Funciones Señaladas En El Artículo 11 Del Decreto Número 815 De 15 De Los Corrientes, Al Departamento De Personal Y Estadística Del Ministerio De Guerra, Le Corresponden Las Siguientes: 1ª

Decreto 844 de 1910 · Por el cual se adiciona el marcado con el número 815 de 15 de los corrientes

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Además de las funciones señaladas en el artículo 11 del Decreto número 815 de 15 de los corrientes, al departamento de personal y Estadística del Ministerio de Guerra, le corresponden las siguientes: 1ª. Trabajar los proyectos de ley que á continuación se expresan: El de ascensos, el de calificación militar y personal, el de retiro, el de sueldos y gratificaciones; 2.ª Formar un escalafón, donde se anoten las facultades, aptitudes y condiciones personales de los oficiales; 3.ª Proponer el destino de los oficiales, según sus facultades; 4.ª Clasificar y ordenar los datos remitidos por los oficiales que trabajen en otros países; 5.ª Trabajar el reglamento de calificación; 6.ª Formar las siguientes listas: a ) Lista de individuos que merecen ascender por aptitudes; b ) Lista de individuos aptos para ayudantes de escuela militar, comandos superiores, brigadas, etc.; c ) Lista de individuos competentes para oficiales de estado mayor; d ) Lista de oficiales aptos para comandos superiores del Ejército; e ) Lista de oficiales que deben ser retirados por inútiles; f ) Lista de oficiales aptos para el profesorado en las escuelas militares; g ) Lista de oficiales preparados para ir al extranjero; y h ) Lista de clases e individuos de tropa que hayan cumplido el tiempo de servicio; 7.ª Substanciar los expedientes de retiro de oficiales; y 8.ª Substanciar y conceptuar sobre las peticiones de gratificación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 844 de 1910