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Artículo 132

Decreto 664 de 1985 · Por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Decreto 89 de 1984, reorgánico de la Carrera de oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Ramos para la Especialización de Profesores. Determínanse los Siguientes grandes ramos para la especialización de Oficiales y Suboficiales como Profesores Militares: Humanidades, Ciencias Naturales, Ciencias Exactas, Ciencias Sociales, Ciencias Militares, Ciencias Jurídicas, Ciencias Administrativas y Contables, Ciencias de la Salud, Ramos Técnicos e Idiomas.

Parágrafo

Dentro de los anteriores grandes ramos que admiten una amplia variedad de especialización deberá determinarse en el nombramiento, la materia o materias que el profesor va a dictar, las cuales deben corresponde a la especialidad en que se halla escalafonado o aspira escalafonarse.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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