Medidas de reparación integral para violaciones del derecho a la vida y la integridad física. Las medidas de reparación integral para violaciones del derecho a la vida y la integridad física consistirán, entre otras, en
El fortalecimiento de las medidas de protección de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en los casos en que existan y la implementación de medidas efectivas de protección en los casos en que no las haya, conforme a lo dispuesto en el presente decreto;
La identificación pública de las estructuras sociales y económicas que permitieron tales hechos.