º. La Comisión Colombiana del Espacio se reunirá ordinariamente dos veces al año y de manera extraordinaria por convocatoria de su presidente o por solicitud de por lo menos dos de sus miembros. Las reuniones ordinarias se efectuarán el primer y el tercer trimestre del año.
La Comisión se reunirá válidamente cuando concurran al menos la mitad más uno de sus miembros. Las decisiones y recomendaciones serán adoptadas por la mayoría simple de los asistentes.