Art. 5.° Los Jefes de las Oficinas centrales de Estadística quedan fecal-dos para compeler con multas hasta de doscientos pesos ($ 200) a los empleados y a los Rematadores y Administradores de rentas nacionales que no suministren loa datos que les corresponda o que te les piden o que no los remitan en la forma y tiempo ordenados.
Parágrafo
Dichas multas ingresarán a los fondos del Tesoro nacional.