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Artículo 37

Funciones De Los Gerentes De Los Terminales

Decreto 2465 de 1981 · Por el cual se aprueban los estatutos de la Empresa Puertos de Colombia

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de los Gerentes de los terminales . Son funciones de los Gerentes de los terminales

1.

Dirigir la ejecución de las operaciones portuarias conforme al Reglamento Nacional de Operaciones Portuarias y a las políticas trazadas por las Juntas Directivas y por el Gerente General de la Empresa.

2.

Dirigir la ejecución de las labores de mantenimiento de las instalaciones y equipo portuario.

3.

Adjudicar y celebrar los contratos y ejecutar los actos necesarios para el cumplimiento de las funciones del terminal, a nombre de la Empresa en cuantía hasta de dos millones de pesos. Cuando la cuantía de los mismos sea superior a dos millones de pesos, se requiere la autorización previa de la Junta Directiva del terminal.

4.

Sujeto a la planta adoptada, contratar personal, promover, remover, conceder vacaciones, permisos y licencias e imponer sanciones a los trabajadores del terminal marítimo.

5.

Cumplir y hacer cumplir los estatutos, reglamentos y demás normas de la Empresa y las decisiones que, dentro de sus atribuciones, adopten la Junta Directiva Nacional, el Gerente General y la Junta Directiva del terminal.

6.

Colaborar en la preparación del presupuesto de inversión y rehabilitación de obras y equipos, de acuerdo con el desarrollo futuro del puerto, el orden de prioridades de los programas a ejecutar y la justifcación de costo -beneficio, en relación con su propia zona de influencia.

7.

Cumplir y hacer cumplir las convenciones colectivas de trabajo y en caso de discrepancia interpretativa de las mismas, acudir a la Gerencia General para su aclaración.

8.

Presentar para aprobación de la Junta Directiva del terminal, el presupuesto de ingresos y gastos y los estados financieros.

9.

Rendir al Gerente General y a la Junta Directiva del terminal los informes de gestión que se le soliciten.

10.

Tomar las medidas que sean indispensables para la operación del puerto.

11.

Constituir mandatarios que representen a la Empresa en asuntos judiciales, relativos al terminal marítimo.

12.

Delegar en otros funcionarios del terminal las funciones que le son propias.

13.

Las demás funciones que le asignen los estatutos o que le sean delegadas por el Gerente General o la Junta Directiva del terminal. CAPITULO V Del personal

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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