Para la aceptación fiscal de las deudas se requiere que el contribuyente presente junto con su declaración de renta y patrimonio un informe que contenga los nombres y apellidos o razón social, el Número de Identificación Tributaria (NIT) del acreedor, y el monto de la deuda.
Cuando los acreedores sean personas naturales residentes en el Exterior, el deudor deberá además retener y consignar el correspondiente impuesto complementario de patrimonio: