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Artículo 1

Ley 163 de 1961 · por la cual la Nación auxilia al Municipio de Pamplona para el Hotel de Turismo.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Auxíliase al Municipio de Pmplona con la suma de un millón de pesos ($1.000.000.00) moneda legal, con el objetito exclusivo de que suscriba y pague acciones por igul valor en la sociedad "Hotel de Tursimo de Pamplona S.A." para la terminación y dotación de dicho Hotel.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 163 de 1961