° La autoridad nominadora procederá conforme a las disposiciones legales vigentes, a designar el personal que debe ocupar los cargos que se establecen en el presente decreto Los empleados que estando al servicio de la Dirección General de Aduanas del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, fueron incorporados en la Planta de Personal que por esta norma se fija, no requerirán llenar otra formalidad para la posesión, que la firma del Acta respectiva.
Los funcionarios que se incorporen en las condiciones de este artículo, que hubieren alcanzado un determinado período de antigüedad de conformidad con el Decreto 174 de- 1975 no lo perderán para efectos de liquidación y pago de la correspondiente prima en relación con los cargos a los que han sido incorporados.