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Artículo 14

Ley 70 de 1894 · Que ordena la liquidación del Banco Nacional y la amortización del papel moneda

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De las monedas de níquel introducidas al país por el Gobierno, quedaran solo dos clases: la de cinco centavos y la de dos y medio centavos de menor diámetro. La otra clase centavos se recogerá y se cambiara por billetes, de las primeras entradas que tenga la Sección Liquidadora por cuenta de las rentas que se destinan á la amortización del papel.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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