El huso horario que se tendrá en cuenta para determinar la fecha de presentación y pago de la declaración por parte de los sujetos responsables de que trata el Artículo 1.6.5.1.1.2 de esta resolución, será la hora legal colombiana, la cual corresponde al Tiempo Universal Coordinado (UTC) disminuido en 5 horas (UTC-5).
(Artículo 19, Resolución 51 de 2018)