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Artículo 216

Para Sueldos Del Personal Diplomático

Decreto 1861 de 1940 · Por el cual se hacen traslados en el Presupuesto de la vigencia fiscal en curso

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo único. Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente: MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Capítulo 20: Del artículo 216. Para sueldos del personal diplomático ...................... $10.000.00 Del artículo 220. Para dotación de muebles y elementos de las Embajadas y Legaciones de la República en el Exterior ...................... $ 627.75 Capítulo 21: Del artículo 225. Para dotación de muebles y elementos de los Consulados de la República en el Exterior ....................................... $ 842.05 Capítulo 22: Del artículo 231 bis Para viáticos y demás gastos que ocasione la concurrencia de Colombia a la II Reunión de Consulta de Cancilleres Americanos que tendrá lugar en La Habana en el mes julio del presente año ......................................................................... $1.592.83 Capítulo 21: Al artículo 226. Para viáticos del personal consular ............................................................................. $ 10.000.00 Capítulo 22: Al artículo 232. Para gastos de demarcación de limítes y fijación de ellos ................................................ $ 3.062.63 Sumas Iguales ............................................................................ $ 13.062.63 13.062.63

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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