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Artículo 36

Decreto 2343 de 1996 · por el cual se reglamentan las actividades y servicios de telecomunicaciones que utilicen sistemas de acceso troncalizado (Trunking), se atribuyen las bandas de frecuencia de operación y se dictan otras disposiciones.

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Obligación de permitir el acceso. Los operadores de la red de telefonía pública básica conmutada local, local extendida y de larga distancia nacional e internacional, están obligados a permitir a los operadores de servicios de telecomunicaciones que utilicen sistemas de acceso troncalizado que así lo soliciten, el acceso a sus redes, en condiciones técnicas y económicas iguales. El Ministerio de Comunicaciones exigirá que se cumpla esta garantía de acceso y según el caso, podrá sancionar cualquier contravención a lo dispuesto en esta materia, con multas hasta de 1.000 salarios mínimos legales mensuales, según la gravedad de la falta, el daño producido y la reincidencia en su comisión.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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