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Artículo 518

El Careo Deberá Hacerse Solo Entre Dos Personas Y Se Practicará, Así: Uno De Los Careados, Sin Leer Su Exposición Anterior, Volverá A Declarar En Presencia Del Otro Que Debe Responderle

Decreto 250 de 1958 · Junta militar de gobierno- por el cual se expide el código de justicia penal militar

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El careo deberá hacerse solo entre dos personas y se practicará, así: uno de los careados, sin leer su exposición anterior, volverá a declarar en presencia del otro que debe responderle. En seguida, el Juez, hace á ambos las preguntas que crea convenientes; los autoriza para que se hagan preguntas entre sí y autoriza a las otras personas con derecho a intervenir en el proceso para que hagan los interrogatorios que crean oportunos. TITULO IV DETENCION Y LIBERTAD DEL PROCESADO Capítulo I Captura y detención preventiva

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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