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Artículo 53

De La Previsión De Los Cargos

Decreto 1468 de 1979 · Por el cual se reglamenta el decreto 694 de 1975

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De la previsión de los cargos. Al producirse una vacante definitiva, el cargo deberá ser provisto por concurso abierto o por traslado de un funcionado escalafonado que ocupe otro puesto de igual grado, siempre que las funciones y requisitos sean similares o iguales. Para el traslado se requiere la aprobación del Jefe inmediato o de los jefes de las dependencias a las que pertenecen los cargos afectados. Cuando no sea posible proveer un cargo mediante concurso abierto o traslado, podrán hacerse nombramientos provisionales o encargos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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