A partir del 1° de enero de 2013, los citadores que presten los servicios en la Procuraduría General de la Nación tendrán derecho a un auxilio especial de transporte, de conformidad con lo establecido en el artículo 32 del Decreto 717 de 1978, así
Para ciudades de más de un millón de habitantes, la suma de sesenta y dos mil trescientos pesos ($62.300) m/cte., mensuales;
Para ciudades entre seiscientos mil y un millón de habitantes, la suma de treinta y nueve mil doscientos setenta y un pesos ($39.271) m/cte., mensuales;
Para ciudades entre trescientos mil y menos de seiscientos mil habitantes, la suma de veinticuatro mil novecientos cuarenta y siete pesos ($24.947) m/cte., mensuales.