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Artículo 15

Derogado Legislación Anterior [ Mostrar ] Artículo 15

Decreto 1023 de 2012 · por el cual se modifica la estructura de la Superintendencia deSociedades y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Derogado
1.

Presentar al Superintendente Delegado propuestas para el seguimiento de la política de supervisión, su seguimiento y control;

2.

Practicar investigaciones administrativas a las sociedades no vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia;

3.

Adoptar las medidas administrativas respecto de las sociedades, sucursales de sociedad extranjera y empresas unipersonales no sometidas a la supervisión de la Superintendencia Financiera de Colombia;

4.

Resolver las controversias que se susciten en relación con el derecho de inspección, y en caso de considerar que hay lugar al suministro de información, impartir la orden respectiva;

5.

Coordinar las investigaciones de los procesos tendientes a determinar la remoción de los administradores que impidan el ejercicio del derecho de inspección o al revisor fiscal, que conociendo de dicho incumplimiento, se abstenga de denunciarlo oportunamente;

6.

Designar los delegados a las reuniones de la asamblea general o junta de socios cuando lo considere necesario;

7.

Suscribir los actos administrativos necesarios para el envío de delegados a las reuniones de la asamblea general o junta de socios, quienes pueden impartir las orientaciones pertinentes para el adecuado desarrollo de la reunión;

8.

Convocar a la asamblea general o a la junta de socios cuando quiera que estas no se hayan reunido en las oportunidades previstas en los estatutos o en la ley;

9.

Informar al Superintendente Delegado de Inspección, Vigilancia y Control sobre las actuaciones a su cargo;

10.

Coordinar la aplicación de la política de supervisión por parte de las Intendencias regionales;

11.

Presentar propuestas al Superintendente Delegado para el seguimiento del plan estratégico correspondiente a la Delegatura, en relación con las funciones de la Dirección;

12.

Proponer iniciativas estratégicas, planes, políticas y proyectos de mejoramiento institucional a la Delegatura, de acuerdo con las necesidades, normas y lineamientos de la Superintendencia;

13.

Proponer las directrices y apoyar a las dependencias de la Delegatura, en coordinación con las áreas competentes, en la elaboración del plan de acción a mediano, corto y largo plazo y proponer los ajustes que se requieran en desarrollo del plan estratégico de la Superintendencia;

14.

Gestionar con las dependencias de la Delegatura la construcción de indicadores de gestión, según los lineamientos del Superintendente Delegado;

15.

Adelantar el seguimiento y control al cumplimiento de los objetivos, metas, normas, procedimientos, gestión de calidad y estándares de las dependencias de la Delegatura;

16.

Consolidar los informes periódicos de las dependencias de la Delegatura y solicitar aquellos que se requieran para el ejercicio de las funciones de la Delegatura;

17.

Adelantar el seguimiento y control de los proyectos de inversión a cargo de la Delegatura;

18.

Informar al Superintendente Delegado para la Inspección, Vigilancia y Control sobre las actuaciones a su cargo;

19.

Las demás que le correspondan, de acuerdo con la ley o los reglamentos. Vigente desde: 18/05/2012 y hasta el: 21/12/2020

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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