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Artículo 6

De La Oficina Asesora Jurídica

Decreto 146 de 2004 · por el cual se modifica la estructura de la Empresa Territorial para la Salud, Etesa.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. De la Oficina Asesora Jurídica . Son sus funciones

1.

Desarrollar los procesos de contratación, tramitar la elaboración y legalización de los contratos de concesión de que trata la Ley 643 de 2001 para la operación de juegos de suerte y azar en la modalidad de localizados y juegos novedosos y los demás que se le asignen a la entidad o esta requiera.

2.

Asesorar al Presidente de Etesa en el trámite de los asuntos jurídicos de la entidad.

3.

Revisar y responder por los conceptos jurídicos que sometan a su consideración.

4.

Representar judicialmente a la empresa en los juicios en que esta sea parte, cuando así lo disponga el Presidente de la entidad.

5.

Supervisar los procesos judiciales y los que se tramiten ante las autoridades administrativas en los que sea parte la empresa.

6.

Recopilar la normatividad, conceptos, jurisprudencia y doctrina relativos a la gestión del monopolio de juegos de suerte y azar y velar por su difusión y aplicación.

7.

Conceptuar sobre las actuaciones administrativas de la empresa que le sean sometidas a su consideración, en asuntos propios de la naturaleza jurídica de la entidad.

8.

Proyectar respuestas a los recursos, requerimientos y acciones legales que se presenten contra Etesa.

9.

Presentar los informes propios de su gestión y los que le sean solicitados por la Presidencia o por los organismos externos que le sean solicitados.

10.

Las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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