En caso de muerte de un uniformado de la Policía Nacional en cumplimiento del deber, el municipio en donde ocurrió el hecho, rendirá homenaje izando la bandera de la ciudad a. media asta en sus dependencias por un período no inferior a tres (3) días.
El Alcalde municipal o distrital o su delegado, del domicilio del fallecido, hará entrega en ceremonia especial del pabellón nacional a sus beneficiarios.
BIENESTAR DEL PERSONAL