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Artículo 30

Para La Celebración De Tres Misas Solemnes El 1 O De Enero, Al 20 De Julio, Y El 7 De Agosto Del Presente Año, A $10 Cada Una $30

Decreto 870 de 1928 · sobre presupuesto de rentas y gastos de la Comisaría Especial del Caquetá, para 1928

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

"Articulo 30 Para la celebración de tres misas solemnes el 1 o de enero, al 20 de julio, y el 7 de agosto del presente año, a $10 cada una $30

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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