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Artículo 21

Los Empleos De La Planta De Personal Del Instituto Pertenecen A La Carrera Administrativa, Con Excepción De Los Siguientes: A) Los De Director, Subdirector, Secretario General, Secretario De Junta, Secretario Privado, Asesor, Consejero, Jefe De Oficina, Jefe De División Y Los Demás Empleos De Jefe De Dependencia Que Tengan Una Jerarquía Superior A Jefe De Sección; B) Los Empleos Del Despacho Del Director; C) Los Empleos De Manejo; D) Los Empleos De Tiempo Parcial

Decreto 1473 de 1990 · por el cual se reorganiza el Instituto Nacional de Salud.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los empleos de la planta de personal del Instituto pertenecen a la Carrera Administrativa, con excepción de los siguientes

a)

Los de Director, Subdirector, Secretario General, Secretario de Junta, Secretario Privado, Asesor, Consejero, Jefe de Oficina, Jefe de División y los demás empleos de Jefe de dependencia que tengan una jerarquía superior a Jefe de Sección;

b)

Los empleos del Despacho del Director;

c)

Los empleos de manejo;

d)

Los empleos de tiempo parcial.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1473 de 1990