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Artículo 2.2.3.3.5.14

Plazos Para La Presentación De Los Planes De Cumplimiento

Decreto 1076 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Plazos para la presentación de los Planes de Cumplimiento. Los generadores de vertimientos que no tengan permiso de vertimiento y que estén cumpliendo con la normatividad vigente en la materia antes del 25 octubre de 2010, tendrán un plazo de hasta ocho (8) meses, contados a partir de dicha fecha para efectuar la legalización del mismo, sin perjuicio de las sanciones a las que haya lugar.

Los generadores de vertimientos que no tengan permiso de vertimiento y que no estén cumpliendo con la normatividad vigente en la materia antes del 25 octubre de 2010, tendrán un plazo de hasta ocho (8) meses, contados a partir de dicha fecha, para presentar ante la autoridad ambiental competente, el Plan de Cumplimiento, sin perjuicio de las sanciones a las que haya lugar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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