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Artículo 2

Ley 28 de 1975 · Por la cual se autoriza al Gobierno Nacional para crear el Distrito de Obras Públicas de Yopal, Intendencia de Casanare, y se otorgan unas facultades al Gobierno

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. El Gobierno Nacional queda facultado para hacer traslados presupuestales o adquirir empréstitos internos o externos para dar cumplimiento a la presente Ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 28 de 1975