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Artículo 35

El Cargo De Consejero Departamental Es Incompatible Con Cualquiera Otro De La Jerarquía Departamental Y Municipal, Pero No Con Los De Orden Nacional

Decreto 3170 de 1954 · Por el cual se reglamenta el funcionamiento de los Consejos Administrativos Departamentales y Municipales

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El cargo de Consejero Departamental es incompatible con cualquiera otro de la jerarquía departamental y municipal, pero no con los de orden nacional. El de Consejero Municipal, con los de la jerarquía municipal, pero no con los del orden departamental y nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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