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Artículo 1

Las Empresas Industriales Y Comerciales Del Estado Y Las Sociedades De Economía Mixta Que Funcionen Con Régimen De Empresa Industrial Y Comercial Del Estado, Salvo Que Se Exprese Lo Contrario, Se Denominarán Empresas O Entidades En El Presente Decreto

Decreto 2885 de 1994 · por el cual se aprueba el Presupuesto de Ingresos y Gastos de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado, de las entidades privadas que administren fondos públicos de orden nacional y de las sociedades de economía mixta sujetas al régimen de las empresas Industriales y Comerciales del Estado para la vigencia fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de 1995.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y las sociedades de economía mixta que funcionen con régimen de Empresa Industrial y Comercial del Estado, salvo que se exprese lo contrario, se denominarán empresas o entidades en el presente Decreto. Dichas empresas, se sujetarán al cumplimiento de las normas establecidas en el Estatuto Orgánico del Presupuesto y demás normas legales sobre la materia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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