° La Cédula Militar para Oficiales y Suboficiales en servicio activo, reemplaza el Salvoconducto para el porte de armas a que se refiere el Decreto 1663 de 1979 y normas que lo modifiquen.
La expedición de salvoconductos para porte de armas a Oficiales y Suboficiales en situación de retiro o reserva, solamente requiere la presentación de la cédula militar y la comprobación de la procedencia legal del arma.