JurídicoESEN

Artículo 6

Decreto 1100 de 2001 · por el cual se dictan normas para la liquidación de la empresa colombiana de recursos para la Salud S.A., Ecosalud S.A.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Lineamientos de la liquidación . La liquidación de la Empresa Colombiana de Recursos para la Salud S. A., Ecosalud S. A., se adelantará teniendo en cuenta los siguientes lineamientos

1.

Los bienes muebles, valores, donaciones, rentas y recursos adquiridos por la Empresa Colombiana de Recursos para la Salud S. A., en desarrollo de su objeto social, se cederán a la Empresa Territorial para la Salud, Etesa, una vez cancelados los pasivos a cargo de Ecosalud S. A., debidamente relacionados en acta definitiva de traspaso suscrita por el Gerente Liquidador y el Representante Legal de Etesa.

2.

La Empresa Colombiana de Recursos para la Salud S. A., Ecosalud S. A., hará la cesión y sustitución de los contratos vigentes, procesos judiciales, actuaciones administrativas, derechos y obligaciones con terceros, mediante acta suscrita por el Gerente Liquidador al representante legal de la Empresa Territorial para la Salud, Etesa.

3.

Los recursos que a la fecha de liquidación posea la Empresa Colombiana de Recursos para la Salud S. A., Ecosalud S. A., en cuentas corrientes, de ahorros y en inversiones, así como las cuentas por cobrar y otras disponibilidades se entregarán, con sus respectivos soportes, acompañados de un acta suscrita por el Gerente Liquidador y el representante legal de la Empresa Territorial para la Salud, Etesa, en la cual se señalen las obligaciones pendientes que deba atender Etesa con tales recursos y con el producto de los correspondientes recaudos, de conformidad con lo dispuesto en las Leyes 549 de 1999 y 643 de 2001 y sus decretos reglamentarios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1100 de 2001