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Artículo 4

Término De Suspensión Del Artículo 47 De La Decisión Andina 486

Decreto 1873 de 2014 · por el cual se reglamenta la compensación del plazo de duración de la patente mediante restauración.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Término de suspensión del artículo 47 de la Decisión Andina 486 . Para los efectos del procedimiento de patentes, el plazo descrito por el artículo 47 de la Decisión Andina 486 no será superior a 2 meses, contados a partir de la petición de suspensión.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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