Artículo séptimo. Todo servicio o agencia de colocación o empleo deberá renovar anualmente los siguientes documentos
a)
Certificado de inscripción expedido por la Cámara de Comercio;
b)
Certificado de pago de impuesto de industria y comercio;
c)
Certificado sobre vigencia de la caución que garantiza el buen funcionamiento de la agencia.