El Fondo Vial podrá contratar directamente empréstitos internos y externos para los programas de obras públicas, los cuales gozarán de la garantía del Estado otorgada previo concepto favorable del Consejo de Ministros.
Los contratos del Fondo de valor superior a dos millones de pesos ($2.000.000.00) requerirán la aprobación del Presidente de la República y la ulterior revisión del Consejo de Estado.