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Artículo 46

Decreto 3794 de 2003 · por el cual se modifica la estructura de La Previsora S. A., Compañía de Seguros.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Vicepresidencia Financiera y de Operaciones. Son funciones de la Vicepresidencia Financiera y de Operaciones, las siguientes

1.

Formular y establecer las políticas, normas y procedimientos en materia financiera y de operaciones necesarias para la gestión de la Institución.

2.

Optimizar el uso de los recursos financieros propendiendo por la solidez, liquidez y solvencia de la Compañía.

3.

Planear, decidir y controlar el portafolio de inversión de la Compañía, de conformidad con las disposiciones legales y estatutarias.

4.

Orientar la elaboración y la ejecución de los planes y programas del área, en concordancia con la Gerencia de Planeación.

5.

Planear, decidir y controlar el desarrollo de la infraestructura tecnológica y los sistemas de información de la Compañía.

6.

Programar, coordinar y atender las obligaciones tributarias.

7.

Dirigir la elaboración del presupuesto general de la Compañía y controlar su ejecución analizando el comportamiento del mismo.

8.

Dirigir la elaboración de los estados financieros y los informes para los entes reguladores, bajo los principios de veracidad, confiabilidad y oportunidad de la operación contable de la Compañía.

9.

Elevar las consultas que necesiten el concepto de la Superintendencia Bancaria, Ministerio de Hacienda y Crédito Público o cualquier otra entidad que tenga injerencia sobre la fijación de políticas del orden financiero.

10.

Las demás funciones que le sean asignadas inherentes a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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