Los suplentes reemplazan también al principal en sus faltas accidentales.
Empero, cuando en un Circuito hay dos o más Jueces, éstos se suplen entre sí en sus faltas accidentales, y no entran los suplentes sino por impedimento o recusación de todos los que están ejerciendo el cargo.
Agotado el número de los susplentes, el Tribunal nombra un Juez ad hoc.