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Artículo 15

Decreto 1468 de 1987 · por el cual se reglamenta la Ley 9ª del 1971 y se adoptan algunas medidas para la promoción, supervisión y control de los planteles cooperativos como programa especial del Ministerio de Educación Nacional.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las cooperativas especializadas en educación y las cooperativas multiactivas con planteles educativos podrán utilizar las instalaciones y beneficiarse de los servicios de los institutos docentes oficiales en los tiempos en que no estén utilizados y prestando servicio educativo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1468 de 1987