°. Los Comandos de División enviarán cada año, en el mes de diciembre, al Ministerio de Guerra, los siguientes documentos
Copia-por Regiones de Brigada y Regimientos--del cuadro a que se refiere el artículo l.°. de este Decreto.
Relación numérica de los conscriptos que hubieran dejado de presentarse, con expresión de los Municipios a que pertenecen. c)Relación numérica de los voluntarios enganchados, con expresión del Municipio a que pertenezcan, el día de la alta y el término del enganche.