º Inmediatamente después de establecida la responsabilidad personal del empleado o contratista, se comunicara a estos y a la respectiva entidad fiadora para que, dentro del termino de cinco (5) días, contados a partir del recibo del oficio correspondiente, presenten los descargos del caso.
Si se desconociere la residencia actual del empleado o contratista, bastara la comunicación a la entidad fiadora. Esta disposición se entenderá incorporada en los respectivos contratos de seguro de manejo.