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Artículo 61

Capote

Decreto 333 de 1937 · Por el cual se reglamenta el uniforme de los miembros del Ejército

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Capote. El uso de esta prenda en la guarnición es voluntario. Su empleo por las tropas y cuando se trata de formaciones lo determinará el Comandante de Guarnición. Para los ejercicios de instrucción en el terreno y en campaña, su empleo lo dispondrá el Comandante respectivo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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