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Artículo 1

De La Definición

Decreto 410 de 1979 · Por el cual se reglamenta el artículo 7º del Decreto 2345 de 1956

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. De la definición. Guía Turístico o Cicerone es la persona que le presta al turista o viajero el servicio de conducirlo e ilustrarlo sobre los sitios de interés turístico en forma responsable y compe­tente. II. De los servicios que presta el guía turístico o cicerone

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 410 de 1979