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Artículo 28

Ley 81 de 1931 · LEY 81 DE 1931, 20/06/1931, Relativa al impuesto sobre la renta

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El impuesto de consumo sobre cervezas de producción nacional se recaudará conforme a las siguientes tasas:

a). Cervezas en envases pequeños, un centavo y medio por cada doscientos gramos de líquido o fracción;

b). Cervezas en barriles, canecas, pipas u otros envases semejantes, cinco centavos por cada litro de líquido o fracción.

En estos términos quedan reformados el artículo 3o. de la Ley 78 de 1930 y el 10 de la Ley 45 de 1931.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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