º Las condiciones para el llamamiento a examen de los Oficiales de que tratan los artículos 15 y 17 de la Ley 2ª de 1945 serán: estar clasificados en la primera o segunda lista conforme al Reglamento de Calificaciones y tener los demás requisitos de conducta, aptitud física, etc, que contempla la mencionada Ley.
El llamamiento a exámenes se hará por resolución ministerial a los Subtenientes, después de dos años de servicio en el grado, y a los Capitanes, después de cuatro.