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Artículo 4

Estructura Del Programa Prass

Decreto 1374 de 2020 · Por el cual se optimiza el Programa de Pruebas, Rastreo y Aislamiento Selectivo Sostenible - PRASS, para el monitoreo y seguimiento de casos y contactos de COVID – 19 en Colombia

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Estructura del programa PRASS. El Programa PRASS, bajo la coordinación del Ministerio de Salud y Protección Social, operará de manera articulada con los siguientes actores quienes serán responsables de implementarlo: 4.1. Secretarias de salud del orden departamental, distrital y municipal o las entidades que hagan sus veces: 4.1.1. Líderes PRASS 4.1.2. Equipos de rastreo de las secretarias de salud departamentales y distritales 4.1.3. Equipos de vigilancia en salud pública de los niveles departamental, distrital y municipal. 4.2 . Equipos de rastreo de las entidades a cargo del aseguramiento en salud 4.3. Equipos de rastreo del Centro de Contacto Nacional de Rastreo - CCNR 4.4. Instituto Nacional de Salud - INS, 4.5. Prestadores de servicios de salud Las entidades responsables destinarán los recursos técnicos, tecnológicos, comunicacionales y financieros necesarios para la operación y sostenibilidad del programa, de conformidad con sus competencias y obligaciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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