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Artículo 46

Exenciones : La Caja De Retiro De Las Fuerzas Militares Como Organismo Administrativo Que Es, Goza Los Mismos Privilegios Y Prerrogativas Que Se Reconocen A La Nación Y Tendrán La Exención De Toda Clase De Impuestos, Contribuciones Y Tasas Nacionales, Departamentales, Distritales Y Municipales

Decreto 528 de 1977 · Por el cual se aprueban los Estatutos de la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 46. Exenciones : la caja de retiro de las fuerzas militares como Organismo administrativo que es, goza los mismos privilegios y Prerrogativas que se reconocen a la nación y tendrán la exención de toda Clase de impuestos, contribuciones y tasas nacionales, departamentales, Distritales y municipales.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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