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Artículo 5

Ley 110 de 1994 · por la cual la Nación se asocia a la celebración del centenario de la inauguración oficial del Muelle de Puerto Colombia, en el Departamento del Atlántico

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Esta Ley rige a partir de la fecha de su promulgación y deroga todas las leyes o actos de igual o inferior jerarquía que le sean contrarios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 110 de 1994