ARTICULO 8° La Oficina de Veeduría tiene las siguientes funciones
Investigar y tramitar las denuncias administrativas que se presenten contra los funcionarios del Ministerio de Salud;
Solicitar, previa autorización del Ministro, la designación de investigadores especiales;
Verificar que se cumplan los trámites ordenados y se establezca la veracidad de las investigaciones disciplinarias adelantadas contra los funcionarios del Ministerio, e informar a la Comisión de Personal, de los hechos y conclusiones que se deriven de éstas;
Actuar, de conformidad con el Ministro, en defensa de los intereses de la administración en relación a las acciones y juicios promovidos por razón de las sentencias que decreten la destinción y demás sanciones impuestas a los empleados públicos y trabajadores oficiales. Oficina de Asuntos Internacionales.