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Artículo 1

Trasládase En El Presupuesto Nacional De Gastos Para El Año Fiscal De 1

Decreto 682 de 1921 · Por el cual se hace una traslación en el Presupuesto Nacional de gastos de la actual vigencia económica

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Trasládase en el Presupuesto Nacional de gastos para el año fiscal de 1.° de enero a 31 de diciembre de 1921, del Ministerio de Relaciones Exteriores, capítulo 24, gastos varios, artículo 297, la suma de cinco mil pesos ($ 5,000) a la siguiente imputación: MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES CAPITULO 25 Vigencia anterior. Artículo 300. Para atender al pago de los saldos pendientes, referentes a la vigencia fiscal de 1920 $ 5,000 Total $ 5,000

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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