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Artículo 10

Decreto 1100 de 2005 · Por el cual se ordena la realización de un censo, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4º de la Ley 79 de 1993, actuarán como encuestadores y supervisores del censo los estudiantes que cursen un programa de recolección de información asistida por computador ofrecido por los establecimientos universitarios o de bachillerato que el Departamento Administrativo Nacional de Estadística, DANE, determine, y sean seleccionados para el efecto. La participación en los operativos censales será tenida como la práctica y comprobación de destreza y competencia del estudiante, que lo hace acreedor al certificado que lo habilita para prestar futuros servicios como encuestador en las demás investigaciones del Departamento Administrativo Nacional de Estadística, DANE, y de las otras entidades públicas y privadas que exijan acreditar esas calidades.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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