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Artículo 117

Decreto 1000 de 1986 · Por el cual se dictan disposiciones sobre expedición de visas y control de extranjeros

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para autorizar la salida de extranjeros menores de edad que estuvieren bajo la patria potestad o tutela, se requiere la autorización escrita autenticada de los padres, del padre o de la madre si fuere el caso, de su representante legal, o de autoridad competente. CAPITULO IV. DEL EJERCICIO DE UNA PROFESIÓN, OCUPACIÓN U OFICIO Y CAMBIO DE LA MISMA.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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